lunes, 7 de septiembre de 2020

APLICAR LA EXTINCIÓN DE DOMINIO EN EL CASO ETILENO XXI

 

La Fiscalía General de la República debe acelerar las investigaciones, y ejercer acción penal, en torno a las denuncias presentadas por los sobornos de Odebrecht, ampliamente documentados tanto en Brasil como en México.

En el centro de los sobornos está la concesión a Braskem-Idesa para operar la planta Etileno XXI.

El soborno para la campaña presidencial de Peña Nieto y los sobornos para la aprobación de la reforma energética neoliberal de 2013 configuran varios delitos previstos por la legislación mexicana, y no han prescrito.

Los sobornos entregados por la empresa brasileña dieron lugar directamente a que se acordaran condiciones  leoninas  por los gobiernos de Calderón y Peña Nieto con la empresa brasileña. Es decir, los privilegios otorgados, en grave perjuicio del patrimonio de los mexicanos, son el resultado directo de los sobornos entregados.

En otros términos, hubo un acuerdo, una coalición entre los gobiernos de Calderón y Peña y la empresa de Brasil para delinquir.

Etileno XXI y su operación son el resultado de la corrupción de la empresa y de los gobiernos señalados. Y la corrupción es un delito previsto por nuestra legislación.

La Constitución en su artículo 22, concretamente en su párrafo cuarto, textualmente señala que la Extinción de Dominio “será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia  no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción…y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”.

Declarar extinto el dominio de un bien es resultado de la comisión del delito de corrupción. Y en el caso de Etileno XXI hay elementos suficientes para acreditarlo jurídicamente, pues tiene que ver con la materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos a que se refiere la parte final del citado párrafo cuarto del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Urge que la autoridad competente declare la Extinción de dominio de la planta  Etileno XXI. Esto dejaría sin valor jurídico el contrato  leonino que ha provocado un daño gravísimo a Pemex directamente y al conjunto de la nación mexicana.

Y con mayor razón urge esa declaración, porque la empresa Braskem-Idesa, ahora invoca las clausulas leoninas de ese contrato, celebrado con los criminales Calderón y Peña, para seguir robando descaradamente a México.

El gobierno de Andrés Manuel López Obrador debe ejercer plenamente la soberanía de México frente a las pretensiones inauditas de la empresa brasileña, aplicando plenamente la legislación  de México para castigar el delito de corrupción, en este caso.

Y, de manera inmediata, iniciar el proceso penal contra Felipe Calderón, Peña Nieto y los demás implicados  que participaron en ese turbio, sucio y antinacional negocio. No es posible que esos delincuentes vivan como si nada hubiera pasado. Hay que aplicarles un castigo ejemplar

Para recuperar Etileno XXI, el gobierno no debe desembolsar un solo centavo. La razón moral y jurídica está de nuestro lado y no de los delincuentes.

Ni siquiera hay que pensar en expropiar la planta Etileno XXI, sino directamente aplicar la Extinción de Dominio.

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