martes, 22 de enero de 2013

DEFENDER LOS DERECHOS DE LA CLASE OBRERA



La reciente contrarreforma laboral aprobada, con entusiasmo, por los priistas que gobiernan culmina una ofensiva iniciada desde 1982, cuando los neoliberales asaltaron el poder.

El contenido de esta intervención en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión denuncia, desde entonces, las sucias maniobras neoliberales que suplantaron las funciones de las Cámaras de Diputados y Senadores al elaborar Reglamentos a su gusto, violatorios de la Constitución y las leyes, para cancelar derechos fundamentales de los mexicanos, y en este caso de la clase trabajadora.

Hoy, con un Congreso de la Unión integrado, en su mayoría, por partidarios del neoliberalismo rapaz, elaboraron, sin discutir, una ley reglamentaria violatoria del artículo 123 constitucional que agrede violentamente los derechos laborales de los mexicanos.

Se puede acceder al  Diario de los Debates con la dirección:
cronica.diputados.gob.mx/D Debates/54/index.html


Trabajo Parlamentario

LIV LEGISLATURA
PODER LEGISLATIVO FEDERAL
DIARIO de los DEBATES
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
AÑO III México, D. F., miércoles 13 de febrero de 1991 No. 9

El Presidente: - Tiene la palabra el diputado Alfredo Reyes Contreras, del grupo parlamentario del Partido Popular Socialista, para presentar una proposición sobre los derechos laborales.

El diputado Alfredo Reyes Contreras: -Honorable asamblea:

En distintas ocasiones el Partido Popular Socialista ha denunciado que desde 1982 los gobiernos federales han violentado nuestro régimen constitucional, y a través de la facultad reglamentaria que tiene el Ejecutivo de la Unión han pasado por encima de la Constitución General de la República y por encima de las leyes.

Tal cosa ocurrió con el Reglamento de la Ley de Inversiones Extranjeras al reclasificar los productos de la petroquímica básica para pasarlos a la petroquímica secundaria, al elaborar un reglamento posterior a la venta de Teléfonos de México para justificar su reprivatización. Al margen de la Constitución se fomenta la reprivatización del ejido. Y recientemente se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de diciembre de 1990, el Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que conculca derechos fundamentales de la clase obrera de México.

Como se recordará, las normas que regulan la relación obrero-patronal se elevaron a rango constitucional como producto de la Revolución Mexicana, respondiendo a los intereses mayoritarios del pueblo trabajador. La notoria desigualdad entre el patrón y los trabajadores obligó a que las normas laborales, en lugar de permanecer en el derecho privado, se elevaran a rango público y el Estado adquiriera un carácter tutelar para proteger los derechos del trabajador; es decir, de la parte más débil de la relación obrero-patronal.

De una o de otra manera esta situación prevaleció hasta 1982 cuando, a pretexto del cambio estructural y ahora de la modernización, empezó una fuerte ofensiva en contra de la clase obrera del país y de manera particular en contra de todas sus conquistas logradas en una lucha permanente y con grandes sacrificios.

En la ofensiva neoliberal coinciden algunos sectores del gobierno y naturalmente los empresarios. Ellos piensan que nuestra legislación laboral debe adecuarse a la “modernización” y plantean como objetivos fundamentales la productividad y la competitividad internacional, reprimiendo los salarios de los trabajadores para contraer el mercado interno y fomentar las exportaciones.

Tanto empresarios como neoliberales en el gobierno se han propuesto dar marcha atrás a las conquistas obreras y regresar las normas laborales al campo del derecho privado, porque parten de la tesis modernísima de que el obrero y el patrón son iguales y pueden "contratar libremente". Que, por lo tanto, los conflictos obrero-patronales se deben resolver sin la intervención del Estado y que tanto el puesto de trabajo como el salario, la jornada de trabajo, el turno, la estabilidad en el empleo, deben ser variables para aumentar la productividad, término que en realidad encierra mayor sobreexplotación de la mano de obra.

Estas nuevas tesis pretenden que los salarios se paguen por hora de trabajo, que el reparto de utilidades se haga en función de la productividad y la situación bonancible de la empresa, porque dicen los empresarios y los neoliberales que debe acabarse con el "igualitarismo" y el "paternalismo".

Son muy claras las acciones aplicadas por esas fuerzas que constituyen verdaderas agresiones a los trabajadores del país. Las fuerzas de derecha del gobierno en plena armonía con los empresarios se han propuesto los siguientes objetivos: pulverizar la acción del movimiento obrero para debilitarlo; nulificar de varias maneras la acción de los sindicatos, obstaculizar la sindicalización de los trabajadores, bajo el pretexto de defender su "libertad", eliminando la sindicalización obligatoria; obstaculizar la formación de sindicatos mediante el recurso de "acreditación" de la personalidad de esas agrupaciones; destruir el derecho de defensa mutua de los sindicatos al proponer que se eliminen las huelgas por solidaridad, arma del proletariado para multiplicar la presión; acabar con avances tales como el contrato-ley al demandar que se dé preferencia al contrato de cada empresa por separado; hacer nugatorio el derecho de huelga mediante múltiples recursos de presión y de excepciones; intervenir en la vida interna de los sindicatos, a través de todo un sistema de fiscalización; propiciar la persecución de los trabajadores al proponer que se le obligue a identificarse con nombres y firmas en los pronunciamientos de huelga; impulsar la intromisión del poder público para debilitar el derecho de presión de los trabajadores.

Todas estas medidas se requieren para concluir o formalizar el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de América y Canadá, sin importar la vigencia de los derechos fundamentales de la clase obrera.

Señoras y señores legisladores, una característica esencial de la legislación laboral hasta 1982, fue su constante enriquecimiento para garantizar y ampliar los derechos de los trabajadores. La vigente Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del artículo 123 constitucional, cuando se expide es una de las más avanzadas del mundo capitalista; ahora, cuando las relaciones de producción están siendo modificadas en forma contrarrevolucionaria en favor del capital privado, representa un verdadero obstáculo para el proyecto neoliberal.

Por esa razón o se busca su modificación, que no se ha logrado gracias a la lucha de los trabajadores, o se viola abiertamente y se burlan por vía reglamentaria sus disposiciones, como ocurre con el citado Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Sólo a modo de ejemplo quisiera señalar, ante ustedes, que el artículo 24 del mencionado reglamento es violatorio de los artículo 369 y 370 de la Ley Federal del Trabajo, porque de acuerdo con la ley es la Junta de Conciliación y Arbitraje la que resolverá acerca de la cancelación del registro de sindicatos en lo casos que la misma disposición señala; es decir, en caso de disolución o en caso de que el sindicato deje de tener los requisitos legales.

El artículo 370 de la Ley Federal del Trabajo, expresamente señala que los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o cancelación de su registro por vía administrativa, pero la fracción II del artículo 24 del Reglamento señala que corresponde a la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la facultad de proceder a la cancelación de los registros otorgados a asociaciones de trabajadores o de patrones.

En la fracción III del artículo 24 del citado reglamento, la mencionada dirección general tiene la facultad de resolver sobre el registro de los cambios de directiva de los sindicatos, federaciones y confederaciones, lo que significa una indebida intromisión del Poder Ejecutivo en la vida de los sindicatos.

Estas disposiciones del Reglamento de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social constituyen una abierta agresión al derecho de sindicalización de los trabajadores y no incluyó aquí a los patrones porque sus intereses están fielmente representados y defendidos por el actual Secretario de Trabajo y Previsión Social.

Señoras y señores legisladores, al observar el contenido de este reglamento en materia sindical, nos parece que estamos ante hechos muy graves, y más si recordamos cómo se ha burlado por vía reglamentaria el contenido revolucionario de nuestra Constitución y de nuestras leyes.

Nos encontramos ante un hecho grave, el Ejecutivo asume funciones legislativas; es decir, el Ejecutivo suplanta al legislativo en su función esencial. El Ejecutivo violenta el estado de derecho en que vivimos y rompe con la división de poderes. Además de que en este caso concreto, estamos ante una agresión, como lo he dicho, al movimiento obrero, a los trabajadores y a sus derechos que para nosotros como representantes populares deben ser sagrados.

Por la gravedad que reviste esta situación, me permito presentar a nombre del Partido Popular Socialista, la siguiente proposición:

"Solicito con todo respeto a la Presidencia, que a esta proposición le dé el trámite que señala la fracción III del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La proposición es la siguiente:

Primera. Turnar el contenido de esta intervención a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Segunda. Que la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se aboque al estudio del citado reglamento.

Tercera. Que se demande la comparecencia del Secretario de Trabajo y Previsión Social, ante la comisión correspondiente de la Cámara de Diputados, para que explique con detalle el contenido del reglamento.

Cuarta. Por ser el reglamento ilegal y por atentar en contra de los derechos de sindicalización de la clase obrera, demandar en su oportunidad su derogación.

Sala de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a los trece días del mes de febrero de 1991.

Por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, diputado Alfredo Reyes Contreras."

El Presidente: -Túrnese para la atención que proceda, a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados. (Versión estenográfica)

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